Explotación laboral

Daniel Done: “Soy un trabajador, una persona, no una máquina de producir dinero”

Un trabajador con discapacidad denuncia su situación de explotación laboral en Spezial Centro Especial de Empleo, empresa de Móstoles de logística y outsourcing

Daniel Done, natural de Rumanía, llegó a España en 2003 y ha vivido y trabajado en la Comunidad de Madrid hasta la actualidad. Casado y con una hipoteca, desde 2022 padece una discapacidad del 40% debido a un trastorno de estrés postraumático derivado del COVID-19 y continúa con tratamiento psiquiátrico y psicológico a día de hoy. Es uno de los aproximadamente 2 millones de personas con discapacidad en edad laboral en el país (un 6,33% respecto del total de la población en edad de trabajar).

“El problema es que en esta sociedad nadie se ha atrevido […] a dar voz a las personas con discapacidad, que queremos ser útiles y queremos seguir trabajando”

Desde su punto de vista, “el problema es que en esta sociedad nadie se ha atrevido […] a dar voz a las personas con discapacidad, que queremos ser útiles y queremos seguir trabajando”. Afirma asimismo que las empresas contratan a personas discapacitadas por las subvenciones y las bonificaciones que reciben a cambio; en su caso, de ser contratado de forma indefinida y a jornada completa, y de conformidad con la web del Ministerio de Trabajo, a la empresa contratante le corresponderían 3.907€ de subvención (más otros 902€ por la adaptación de puestos de trabajo), mientras que la bonificación de las cuotas de la Seguridad Social, en tanto hombre sin discapacidad severa y mayor de 45 años, ascendería a 475€ mensuales (5.700€ al año). Esto son casi 10.000€ anuales por un solo trabajador, además de los beneficios fiscales adicionales.

Su indignación, tanto por la explotación en este tipo de entornos laborales como por la inactividad estatal, le lleva a hablar públicamente sobre su reciente situación.

El conflicto, como confirma Daniel, involucra a la empresa Spezial Centro Especial de Empleo, dedicada al sector logístico y mudanzas además de outsourcing; esta expone en su página web que, “mediante la integración de personas con discapacidad en nuestro equipo, promovemos un ambiente laboral inclusivo y ofrecemos oportunidades de empleo sostenible y de calidad”. La cronología de los hechos, tal y como relata, es la siguiente:

En junio de 2024 concertaron una entrevista a través de Milanuncios, si bien no comenzaría a trabajar hasta agosto ya que no habían transcurrido 3 meses entre una y otra relación laboral indefinida (requisito necesario para percibir las subvenciones por contratación de personas con discapacidad según establece el artículo 6 de la Ley 43/2006); entre las condiciones laborales que, según Daniel, le fueron ofrecidas son: jornada completa de 7:00 a 15:00 de lunes a viernes, relativa disponibilidad para viajar (“cada mes o mes y medio salir fuera un día”), dietas de 30€ pagadas en B y “algún sábado cuando juega el Real Madrid en casa hay que ir con una furgoneta a una terraza que está cerca del Bernabéu a recogerla”, todo ello por un sueldo de 1300€ en 12 pagas.

Ya que las condiciones le resultaron interesantes, acudió al centro de trabajo de Móstoles el 12 de agosto, le dieron el contrato para su firma en el momento —a lo que él se negó porque quería tiempo para leerlo— y salió de servicio a un hotel. Una vez allí, se percató de que, en sus propias palabras, “alquilan al ganado por horas”, es decir, vio que él y sus compañeros estaban siendo objeto de una cesión ilegal de trabajadores, sancionada en el artículo 43 del Estatuto de los Trabajadores (ET), y que ese día iban a trabajar para otra empresa. Entonces, señala que Spezial gana dos veces: una con las ventajas económicas por su contratación, y dos con la cantidad que le abona la empresa cesionaria por los servicios de los trabajadores.

Asegura además que las condiciones del contrato diferían de las que le comentaron en la entrevista: jornada de 38,5 horas semanales de lunes a domingo, las horas extras no se abonan, el trabajador debe fichar pese a que la empresa no les proporcionaba un medio de registro diario (obligación de la empleadora según el artículo 34.9 ET) sino mensual; apunta también que en RRHH le dijeron que la hora de entrada era a las 7:00 “pero hay que tener flexibilidad, sobre todo en los meses de verano que hay mucha mudanza” y “si hay servicios, el cliente no puede esperar”. Cuenta cómo compañeros suyos “se van por la mañana con la furgoneta trabajando y por la noche vuelven […], pero en el contrato pone de 7:00 a 15:00” o que no podían siquiera parar a desayunar.

Relata que trabajó tanto el 12 como el 13 de agosto sin firmar el contrato, y fue despedido ese día tras alegar ante RRHH que las condiciones de la entrevista y el contrato eran completamente diferentes; aclara que allí le insistían en que se trataba de un “contrato tipo”, por ello la exigencia de flexibilidad de cara al fin de la jornada. Daniel explica que entregaron la baja voluntaria para que la firmara (a lo que puso “no conforme”) y lo despidieron “por no superar el periodo de prueba”.

El 22 de agosto presentó ante el Juzgado de lo Social n.º 3 la papeleta de conciliación y, al día siguiente, recibió una llamada de uno de los jefes de la empresa quien, según Daniel, lo amenazó con una denuncia por violencia de género por, supuestamente, haber agredido verbalmente a la trabajadora de RRHH con quien conversó el día del despido.

Para las personas con discapacidad, los despidos suponen una “doble condena”, asevera Daniel: primero, por la pérdida del puesto de trabajo; y segundo, y más grave, porque deben pasar 3 meses como mínimo desde la extinción de la relación laboral indefinida para poder volver a ser contratados

Para las personas con discapacidad, los despidos suponen una “doble condena”, asevera Daniel: primero, por la pérdida del puesto de trabajo; y segundo, y más grave, porque deben pasar 3 meses como mínimo desde la extinción de la relación laboral indefinida para poder volver a ser contratados. Y es que para percibir subvenciones por la contratación de personas discapacitadas, el SEPE exige a las empresas el cumplimiento de condiciones como la obligatoriedad de contratación indefinida del trabajador, que este último presente un mínimo de 33% de discapacidad o el transcurso de los 3 meses.

Daniel, asimismo, insta al Estado a intervenir de una manera más tajante en este asunto porque los empresarios “se están beneficiando del dinero de todos que se supone que es para adaptar los puestos de trabajo a las necesidades de cada persona…”. De hecho, denunció igualmente la situación ante la Inspección de Trabajo.

“Voy a por ellos porque estoy pensando en mí, en mi familia, pero también en las personas que tengo atrás, y hay muchas que no tienen voz, que no pueden gritar y asumen estas barbaridades. Yo creo que, moralmente, es mi obligación”, sentencia.