Los audios del juez Aguirre

El juez Aguirre no desmiente ser quien habla en los audios, pero niega su parcialidad en la nueva trama rusa

El magistrado no desmiente las manifestaciones hechas por el mismo en los audios publicados por Diario Red, pero se escuda en el ámbito privado de las mismas y el “origen desconocido” de estas para rechazar esta recusación

El Juez Joaquín Aguirre — YouTube — Gent Blaugrana
El Juez Joaquín Aguirre — YouTube / Gent Blaugrana

Esto ha sido conocido a raíz de que el magistrado resolviera una recusación que le fue impuesta recientemente acerca de la pieza de la nueva trama rusa. Esta recusación se trataba de la segunda interpuesta contra el juez Joaquín Aguirre, principalmente amparada en los audios revelados por Diario Red, pero también en las manifestaciones hechas por el mismo en el auto de apertura de esta nueva pieza, así como la entrevista que el juez concedió a la televisión alemana donde realizaba determinadas manifestaciones.

Por un lado, la acusación popular del caso, formada por la Associació Barcelona amb la Selecció, Cataluña Suma Por España —que engloba Espanya i Catalans, Españoles de a pie y Foro España entre otros—, Associació de Juristes Constitucionalistes per les Llibertats, Impulso Ciudadano, y Societat Civil Catalana Associació Civica i Cultural, rechazaron la recusación basándose primero en un defecto legal a la hora de recusar al magistrado, pero especialmente en lo que el Tribunal Constitucional (TC) entiende como perdida de imparcialidad. Según el Auto citado por la acusación popular, el TC entiende la perdida de imparcialidad o el posible interés directo o indirecto en la causa, como aquello que proporciona al juez una ventaja o beneficio o que le evita una carga o perjuicio, para sí mismo o sus allegados. Debe tratarse de un interés concreto en relación con el proceso donde se plantee la recusación y concurrente al momento en que se presente la recusación, por tanto, el resultado del proceso debe derivar en un potencial provecho para el magistrado que es recusado, sin que sea admisible reconducir la recusación exclusivamente a que haya una discrepancia en la interpretación de preceptos constitucionales.

La Fiscalía también rechaza la recusación a limine, es decir, por haberse planteado está de forma defectuosa en términos del proceso, pero también según el momento en que se retira la recusación, las circunstancias que la rodean, el planteamiento o argumentos en los que se fundamentan o cuando se formula en abuso de derecho o cabe un fraude de ley o del proceso. Por tanto, el Fiscal del caso entiende que la reiteración en los mismos motivos por los que planteo la primera recusación sumado a los audios publicados por Diario Red constituyen un abuso de derecho y un intento de sustraerse al juez predeterminado por la ley y en dichos términos rechaza la tramitación de la recusación.

El juez en su resolución se desmarca de las manifestaciones proferidas por el mismo en el auto de apertura del 21 de junio de 2024, donde basándose en una serie de análisis geopolíticos, procede a declarar como investigados a diversas figuras del independentismo catalán, así como empresarios rusos por un delito de traición, ya que esta causa fue enviada al Tribunal Supremo.

Respecto de los audios publicados por Diario Red, el magistrado coincide con el criterio expresado por la Fiscalía, adhiriéndose a la tesis de una recusación a limine, así como el criterio de la acusación popular respecto al posible interés del magistrado en los términos expresados por el TC. Además, el juez recalca que el desconocimiento del origen y la fuente de los audios implican una turbiedad en su origen, así como una posible ilicitud, sin embargo, no niega que sea el quién profirió dichas manifestaciones. El magistrado también recalca la tardanza entre la interposición de la recusación y la puesta en conocimiento de las manifestaciones hechas en estos audios, ya que estas son de finales de enero y principios de febrero, aduciendo un incumplimiento del deber de formular recusación tan pronto se tenga noticia, en este caso, de las manifestaciones, sin embargo, la recusación se interpuso pocos días después de que Diario Red publicara estos audios.

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Otra razón de tipo formal en la cual se apoya el magistrado es una de las esgrimidas por las acusaciones populares, ya que uno de los poderes aportados por quienes pretendían apartar a Aguirre de la causa carecía de la causa de recusación y de la señalización del procedimiento al cual aducía, incumpliendo un requisito formal del mismo, que según el juez Aguirre, dio posibilidad de resolver antes de la inadmisión de la recusación, pero no se hizo, con lo cual, considera insalvable este extremo.

Por todo lo dicho, el magistrado decide no admitir a trámite la recusación formulada por Josep Lluís Alay y a la cual se adhirieron diversos de los mismos investigados en esta. Las partes que solicitaban la recusación aún tendrían en su mano la presentación de recurso de reforma en el plazo de tres días o subsidiariamente un recurso de apelación en el plazo de 5 días, mediante los cuales podrán alegar contra la decisión tomada por el juez Aguirre como estos convengan.

Así mismo cabe recordar, que esta resolución se dicta después de que conociésemos de la jubilación anticipada que le ha sido concedida con el informe favorable de Tribunal Superior de Justicia de Catalunya y con la aprobación de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial para enero de 2025, justo un día antes de la renovación de este órgano.