Gran Coalición

¿De qué va el acuerdo entre el PP y el PSOE para reformar el Poder Judicial?

Más allá del reparto de vocales del CGPJ, se pactó algún elemento de reforma permanente del sistema de gobierno del Poder Judicial. Y de esto, no se ha hablado prácticamente nada

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez (i), y el líder del PP, Alberto Núñez Feijóo (d), se saludan durante una reunión, en el Congreso de los Diputados, a 22 de diciembre de 2023, en Madrid (España). Durante el encuentro, han tratado temas como la renovación del Consejo General del Poder Judicial, la reforma del artículo 49 de la Constitución y el nuevo modelo de financiación autonómica, temas propuestos por el Gobierno. También, han hablado sobre la Ley de Amnistía y los pactos del Ejecutivo con el independentismo, a petición del PP.
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Alberto Ortega / Europa Press
22/12/2023
Alberto Ortega / Europa Press

Ayer se votó en el Congreso de los Diputados la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial que pactaron, en Bruselas y bajo la tutela de la Comisión Europea, PP y PSOE.

Se ha hablado mucho de este pacto, sobre todo del reparto de los vocales, que serán 10 para cada partido, fuera de la aritmética salida de las urnas (2 partidos con el 73 % de los votos designarán el 100 % del CGPJ). Lo curioso es que, más allá de ese reparto coyuntural se pactó algún elemento de reforma permanente del sistema de gobierno del Poder Judicial. Y de esto, no se ha hablado prácticamente nada.

Los ejes del acuerdo son tres: garantizar los buenos puestos de la magistratura a los jueces y magistrados “pata negra” (los que han accedido por oposición a la carrera judicial), incrementar el control del CGPJ sobre los jueces y magistrados individuales y plantear (de rondón) alguna mejora en la situación de aquellos que pasen por la política. Veámoslo.

A partir de la aprobación de la ley para ser magistrado o magistrada del Supremo, viniendo de la carrera judicial, habrá que llevar 20 años en la misma y, al menos, 10 como magistrado o magistrada. Esto le cierra en la práctica la puerta a todas aquellas personas que han accedido a la judicatura por el llamado “cuarto turno”, el de aquellas que, no habiendo pasado la oposición a judicatura (con todo el esfuerzo económico que supone) han desempeñado profesiones judiciales u obtenido méritos durante años (muchos, los suficientes para que sea difícil que sumen los 20 requeridos en la carrera). Estas personas, que suponen una ampliación del perfil judicial en términos profesionales o sociales van a estar en práctica excluidos del Supremo.

Los puestos del Alto Tribunal se designarán por ⅗ del CGPJ, esto es, por un necesario acuerdo de las asociaciones judiciales que lo componen, con dos elementos: da igual cuál sea el resultado en las urnas (con ⅗ hay veto mutuo) y los vocales judiciales (que son ⅗) si se ponen de acuerdo, la opinión del resto no cuenta. Quien se quejaba de que las componendas de los partidos, representantes de la ciudadanía, influyeran en la designación de magistrados y magistradas, parece estar muy contento con que las componendas de algunas asociaciones de jueces y juezas, que no se representan más que a sí mismas (ni siquiera a la mayoría de la judicatura), lo hagan.

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Este nuevo Consejo, a través de la recién creada “Comisión de Nombramientos” podrá pedir informes a los órganos de gobierno de juzgados y tribunales sobre el desempeño particular de cada juez o jueza con límites poco claros y al objeto de premiar o castigar con nombramientos. Una supervisión sobre cada juez o jueza (que es quien debería ser independiente en su tarea individual) por un órgano gestor de un poder del estado (que debería estar sometido al control democrático, pero cada vez lo está menos).

Como guinda del pastel y, si se me permite, con un poco de recochineo, está la medida consistente en garantizar a todos los jueces y juezas que se metan en política dos años de “servicios especiales” a su regreso, que, para que lo entendamos, son dos años cobrando el sueldo pero sin hacer ninguna función en los juzgados. Y esto se aplica, incluso, cuando alguien se presente a unas listas electorales y no salga elegido. No me quiero imaginar que alguno se dedique a cerrar listas electorales cada dos años (elecciones hay para ello) y se pase una bonita carrera de “servicios especiales”.

Lo más llamativo del pacto es que se le encarga al Consejo (de nuevo por ⅗, lo que coincide con el peso de los vocales judiciales) elaborar una propuesta de regulación futura de la elección de los vocales judiciales, en la que se deberán basar Congreso, Senado y Gobierno para elaborar una iniciativa legislativa.

Esto es lo nunca visto: se le otorga una suerte de iniciativa legislativa a un órgano gestor de un poder del estado, en una materia en la que no podría ni presentarse una ILP (por ser Ley Orgánica). Ya no es que “los jueces elijan a los jueces”, es que los jueces se legislan a sí mismos. Quienes hablan de resucitar a Montesquieu debería leerlo. El autor de la frase “el juez debe ser la boca muda de la ley” se debe estar revolviendo en su tumba.

El problema del CGPJ es que un poder del estado estaba sustraído a la voluntad democrática expresada en las urnas. Que para desbloquearlo se llegue a la conclusión de que hay que desvincularlo para siempre jamás es chapuza y atropello a la vez.

En la democracia ateniense todas las funciones del estado se sorteaban entre los ciudadanos. Todas menos una: la judicial. Los aristócratas reunidos en el areópago se la reservaron. Hagan ustedes las leyes, todo lo democráticamente que quieran, que ya las interpretamos nosotros. Esta concepción arcaica del poder judicial sólo responde a un miedo atávico de las élites a la democracia. Miedo justificable, porque si la democracia se desarrolla con todo su potencial, no van a quedar élites.

Tampoco en los juzgados.