Los audios del juez Aguirre

¿Quién es el juez Joaquín Aguirre?

El titular del Juzgado de instrucción número 1 de Barcelona es conocido por su particular visión para extraer ramificaciones variadas de los casos que caen sobre su mesa

El Juez Joaquín Aguirre — YouTube — Gent Blaugrana
El Juez Joaquín Aguirre — YouTube / Gent Blaugrana

Nacido en un verano de 1958, estuvo primeramente destinado a juzgados de distrito de Barcelona, después fue Juez de Primera Instancia en Calatayud y finalmente llegaría a su puesto actual en el Juzgado de instrucción de Barcelona en 1988. 36 años después, con 65 años, sigue en este puesto.

Haciendo un breve repaso de sus casos más viejos encontramos desde pagos por parte de familias adineradas para conseguir certificados médicos que excluyeran a sus hijos del servicio militar, hasta el caso Tibidabo o el más reciente caso Palau.

El caso Tibidabo duró 13 años en instrucción, hasta que finalmente en 2008 fue llevado a fase de juicio. En este se investigaba una posible estafa a los accionistas del Tibidabo por parte de los dirigentes de la empresa Grand Tibidabo.

Uno de los principales escollos que encontró el juez Aguirre durante la instrucción de este caso fueron las anulaciones de sus autos por parte de la Audiencia Provincial de Barcelona. En marzo de 1999, esta anularía un auto de enero de ese mismo año que concluía la instrucción, ya que en este auto había defectos de forma en una prueba pericial, obligando al juez a repetir la diligencia de prueba y posponiendo el inicio del juicio.

Otro de los varapalos en este caso se dio cuando la Audiencia Provincial acordó en febrero del 2000 anular todas las actuaciones judiciales desde junio de 1999 debido al recurso de uno de los acusados que impugnaba un auto donde el juez decidía continuar el procedimiento de instrucción mediante la modalidad abreviada, asegurando que esta resolución le provocaba indefensión, ya que no concretaba las razones o hechos que imputaba a los acusados

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Las penas para este caso fueron mínimas de manera general, ya que el caso acabó con pactos por parte de los acusados en los que admitieron su culpabilidad, sin embargo, únicamente se les condenó por un delito de apropiación indebida, siendo la mayor pena la de De la Rosa, con tres años de prisión, mientras que a Manuel Prado y Colón de Carvajal se le impuso únicamente seis y tres meses de arresto. Todos acabaron absueltos de un delito fiscal.

También destaca su instrucción del caso Palau, donde el juez Aguirre apareció enseñando cajas del sumario del caso en una entrevista con Jordi Évole en 2012.

En la actualidad, el juez instruye el caso Negreira y la famosa trama rusa del procés, así como el caso Voloh relacionados ambos con la amnistía. Es en este último donde encontramos las mayores irregularidades por parte del juez, sin embargo, otro de sus mediáticos casos, el caso Macedonia, también merece una mención para ilustrar la forma de actuar del juez Aguirre.

Caso Macedonia

La investigación empezó en 2010 y partía de la base de un posible entramado de corrupción entre los Mossos y un confidente, el cual le estaría dando información al cuerpo policial a cambio de datos sobre sus competidores y también regalaba cosas valiosas a los agentes. Además, la Guardia Civil interceptó un coche con 40 kilos de una sustancia que parecía cocaína, pero que después de ser analizada se determinó que solo uno de los paquetes contenía droga y el resto eran azúcar y harina.

Ante estos dos hechos, el juez no creyó en las pesquisas y pensó que la Guardia Civil se había quedado la droga restante. Además, consideraba comprados a los Mossos por Manuel Gutiérrez Carbajo, el confidente, y situaba a este en la cúspide de toda la trama.

Durante la instrucción, algunos agentes llegaron a estar en prisión preventiva debido a las sospechas del juez, también ordeno pinchar más de 80 teléfonos e intervino miles de conversaciones que después acabarían anuladas junto a otras tantas órdenes de entrada y registro, ya que la Audiencia Provincial de Barcelona las considero infundadas.

Incluso se produjeron enfrentamientos entre cuerpos policiales, donde los Mossos registraron una joyería para saber si el confidente compraba relojes para la Policía Nacional y en sentido contrario, la Policía acudió a la sede de los Mossos para obtener copias de las escuchas que supuestamente habrían ocultado. Ambas actuaciones fueron en presencia del juez Aguirre. 

Jugó también un papel esencial la unidad de Asuntos Internos de los Mossos en 2010, los cuales estuvieron a su servicio de manera acrítica, aseguró la Audiencia Provincial.

De toda la instrucción, solo quedó un agente, Josep Ranea, subinspector de los Mossos, el cual, tras un pinchazo de su teléfono por parte de Asuntos Internos, se le acusa de dar cobertura a la banda a cambio de dinero y regalos. Este denunció a miembros de Asuntos Internos de los Mossos, acusándolos de ocultar pruebas que lo exonerarían de responsabilidad penal, sin embargo, esta última acabaría archivada.

También, en particular, el juez Aguirre, intentó culpar a Josep Lluís Trapero, el que fuera major de los Mossos d’Esquadra durante la época del procés por delitos relacionados con el tráfico de drogas, causa que, al ser revisada por la Audiencia Provincial de Barcelona, concluyó que no había colaboración por parte de los Mossos en este delito. Incluso el propio Trapero y el jefe de investigación de la Guardia Civil se reunieron con el magistrado, el cual le pidió a Trapero que le solicitara pinchar los teléfonos de un grupo de agentes del grupo antidroga de los Mossos, a lo cual el agente se negó y le pidió que le mandara una orden por escrito.

Incluso Trapero denunció a Villarejo y otros policías por intentar implicarlo en el tráfico de drogas, cuestión que se vio confirmada con la publicación de grabaciones del comisario en el que hablaba con otros policías, algunos investigados en esta causa. Los Mossos acabarían enviando un informe a Manuel García-Castellón, juez central de instrucción en la Audiencia Nacional, ya que este era el instructor del caso Tándem relacionado con el comisario. El juez de la Audiencia Nacional respondió asegurando que no había ningún indicio que corroborase que ese plan incriminatorio fuera llevado a cabo. Respuesta sorprendente viniendo de parte de otro juez también conocido por “tirar del hilo”.

Destaca también la presencia permitida por parte del juez como acusación popular del pseudosindicato Manos Limpias, irónicamente y al mismo tiempo, Miguel Bernard, secretario general de este, era condenado por un delito de extorsión a entidades bancarias y empresas en la Audiencia Nacional. Este en colaboración de Luis Pineda como presidente de Ausbanc (Asociación de Usuarios de Servicios Bancarios), usaban la acción judicial colectiva en las jurisdicciones civiles o penales como instrumento de presión para que empresas y entidades accedieran a pretensiones económicas a través de convenios publicitarios y otras formas. También ejercían acciones que perjudicaban la reputación de las entidades que se negaban a aceptar sus exigencias en forma de, noticias falsas, difusión masiva de hechos aislados y no sistémicos en la actuación de la entidad, o incluso manifestaciones falsas en la puerta de las entidades.

Diez años después, el subinspector de los Mossos fue llevado a juicio junto a Manuel Gutiérrez. La Fiscalía pedía 11 años de cárcel a ambos, el primero por auxiliar a una banda de narcotraficantes de distintas formas y el segundo por controlar el tráfico de estupefacientes en 3 comarcas distintas, valiéndose de su posición de confidente. También fueron llevados a juicio un grupo de personas que llegaron a acuerdos con la Fiscalía a cambio de penas menores.

Tanto Josep Ranea como Manuel Gutiérrez serían absueltos en septiembre de 2022 y el departamento de Asuntos Internos al que se enfrentó Josep fue depurado. Los reproches de la Audiencia Provincial fueron continuos hacia el juez Aguirre, la cual calificaría la investigación de prospectiva, inútil y exagerada. Así quedaría certificado que no hubo colaboración alguna entre agentes de los Mossos y el tráfico de drogas, desbaratando toda la tesis tanto de la Fiscalía como del juez instructor, zanjando el asunto con condenas a un puñado de personas, pero con penas menores.

Caso Negreira

Este se abre a raíz de una querella de la Fiscalía contra el FC Barcelona, ya que este habría pagado millones de euros al que fuera el vicepresidente del Comité Técnico de Árbitros (CTA), José María Enríquez Negreira.

La acusación del ente fiscal apunta a Sandro Rosell, Josep Maria Bartomeu y otros dirigentes del Barça como personas físicas y al club como persona jurídica, los cuales presuntamente habrían sobornado a Negreira durante al menos dos décadas para recibir favores arbitrales. La Fiscalía entiende que esta remuneración no tiene soporte legal alguno y que solo buscaban camuflar favores arbitrales en forma de asesoramiento. También sospechaba que la facturación entregada por Negreira a Hacienda donde figurarían los servicios prestados no se correspondían con la prestación real de servicios, y que estas solo buscarían camuflar los sobornos.

Esta causa estaría inicialmente en manos de Silvia López, sin embargo, su refuerzo terminó antes de que pudiera terminar con la instrucción del caso, momento en el que pasaría a manos de Aguirre.

Una de las ramificaciones del juez Aguirre en esta causa se basaba en averiguar acerca del destino que Negreira había dado a los fondos que le habría entregado el Barça, con el fin de investigar acerca de un posible delito de blanqueo de capitales, del cual el magistrado también entendía que había participado el hijo de Negreira, Javier Enríquez, debido a la participación de este en Soccercam, empresa que habría recibido parte de estos fondos. Esta tesis era mantenida tanto el juez como de la Fiscalía. La Audiencia Provincial de Barcelona acabó cerrando esta pieza, instando al magistrado a que se centre en los millones que el Barça pago a Negreira. Estos entendían que no había indicios que justificaran esta investigación, ya que, si se desconoce el destino de estos fondos, tampoco existe una base de indicios sobre la cual investigar, recordando los magistrados de la Audiencia la imposibilidad de llevar a cabo investigaciones prospectivas y que no obedezcan a la obtención de objetivos concretos.

Otra de sus actuaciones fue dictar un auto donde eximia a Joan Laporta, exdirigente del club durante la comisión de los hechos investigados, pero actual dirigente, de los delitos investigados debido a la prescripción de los plazos, sin embargo, poco después lo incriminó de nuevo, esta vez por un delito de cohecho al valorar en esta ocasión a Negreira como funcionario público por su pertenencia al CTA, razón por la cual, los plazos no habrían prescrito.

Tanto la Fiscalía como la defensa de Negreira se opusieron a este auto ante la Audiencia Provincial de Barcelona, la cual le dio la razón, excluyendo a todos los acusados del cohecho y asegurando que Negreira no puede ser considerado funcionario público.

La última noticia de este caso ha sido la citación sin fecha concreta por parte del juez de Sandro Rosell y Josep Maria Bartomeu, después de que el propio Negreira se negara a declarar debido a su deterioro físico y mental debido a su edad. También ha citado a Javier Enríquez y los exmandatarios del club durante la presidencia de los dos primeros, Óscar Grau y Albert Soler.

El caso Voloh, la trama rusa del procés y la amnistía

Esta causa se abrió en 2020 a raíz de unos audios en el teléfono móvil de Víctor Terradellas, exdirigente de Convergència Democràtica de Catalunya (CDC), hallados en 2018 en el marco de la operación Voloh, la cual buscaba indicios de corrupción en la Diputación de Barcelona. En estos audios, Terradellas mencionó que había soldados rusos preparados para ayudar a Catalunya en el caso de una posible independencia, además reconoció haberse reunido con dos “emisarios” rusos en octubre de 2017.

A partir de este hallazgo se desprendieron distintas causas, algunas acusaciones del juez Aguirre contra personas relacionadas con Puigdemont por su organización de Tsunami Democràtic, acabaron en la Audiencia Nacional, con otro conocido juez en el panorama mediático como Manuel García-Castellón. También abrió una causa de investigación para saber si fundaciones afines a CDC habrían desviado dinero público para costear gastos de Puigdemont durante su estancia en Bélgica, incluso investigó una compra de petróleo de una empresa china a otra rusa donde habría participado Aleksandr Dmitrenko el cual se la habría comunicado a Alay mediante una felicitación “a todos nosotros”. En esta última, el magistrado entendía que esta se trataba de una pantalla que ocultaba algún tipo de operación irregular, como, por ejemplo, la financiación ilegal de un partido político.

La fiscalía se opuso a la hipótesis manejada por el juez, de hecho, el Ministerio Fiscal solicitaría directamente a la Audiencia Provincial de Barcelona, como superior del magistrado, que archivara la pieza. El fiscal del caso entendía que la deducción de conductas penales a partir de las comunicaciones entre Alay y Dmitrenko se excedía de las atribuciones que correspondían al juez, entendía también una falta de motivación lógica de la investigación y la calificó de “prospectiva”, ya que no calificaba los delitos cometidos ni las conductas que serían delictivas para el caso. Este fue solo uno de los variados episodios donde fiscalía e instructor no estuvieron de acuerdo. El envío a la Audiencia Nacional de la parte de la causa relacionada con Tsunami Democràtic fue también recurrida por el fiscal del caso, según este por carecer el auto del magistrado de una motivación fáctica y jurídica al considerar faltantes detalles acerca de los delitos y conductas por las cuales la causa debía acabar en manos de la Audiencia Nacional, incluso, el fiscal acusó al juez de vulnerar el derecho a la tutela judicial efectiva de los investigados.

Las diligencias en el caso se sucedieron sin hallar nuevos indicios sobre lo que se investigaba. Esto no fue óbice para que las prórrogas se fueran acordando, la última, el día anterior de la aprobación de la Ley de Amnistía, donde sin especificar el delito cometido, el magistrado entendía que las reuniones y mensajes realizados desprendían un posible encaje en aquellos hechos que el Código Penal castiga por mantener relaciones ilegales con gobiernos extranjeros o servicios de inteligencia, extremo excluido de la amnistía. El juez basó su resolución, además de en la grabación de Terradellas, en una carta anónima recibida en diciembre de 2023, el resto de los indicios ya formaban parte del caso.

Además, ese mismo día, la televisión pública alemana publica una entrevista hecha al magistrado en la que declaraba que estaba investigando hechos relacionados con una influencia entre Rusia y el proceso independentista catalán, en los cuales Putin habría favorecido a estos últimos buscando desestabilizar España y buscando infiltrarse en las democracias de Europa Occidental. También en esta entrevista aseguró que el entorno de Carles Puigdemont conocía sobre la intención de invadir Ucrania años antes del inicio de la misma. Esta entrevista fue objeto de una recusación por parte de la representación legal de Puigdemont y su asesor Josep Lluís Alay, la cual fue rechazada por los mismos jueces de la Audiencia Provincial.

Estos indicios no llegaron a ninguna conclusión durante los años que estuvo abierta, hasta que finalmente, a principios de junio, la Audiencia Provincial de Barcelona frenó al magistrado Aguirre en todas las piezas sobre la trama rusa.

En un auto, los magistrados de la Audiencia Provincial, revocaron la prórroga de la instrucción hecha por el juez, entendiendo que no hay razones justificadas para mantener la causa abierta, con incluso seis meses completos de inactividad de la misma y una llamada de atención acerca de por qué el juez Aguirre no ha podido finalizar la instrucción en el plazo establecido en la ley. Esto implicó que tuvo que decidir si enviaba el caso a fase de juicio o si lo archivaba, siendo su única prueba o indicio la grabación de Terradellas

Estas anteriores piezas frenadas por parte de la Audiencia Provincial, encontraron su continuación recientemente cuando, una vez más, el juez Aguirre decidió abrir una nueva pieza, no ligada formalmente a la mencionada anteriormente, pero bajo el mismo paraguas de conjeturas contra, además de Puigdemont, Artur Mas, Elsa Artadi, Francesc de Dalmases, Carles Porta, Gonzalo Boye, Josep Lluís Alay, Víctor Terradellas, Aleksandr Dmitrenko, Jordi Sardà, Miquel Casals y Zeus Borrell.

En el auto de 56 páginas que abre esta nueva causa encontramos que el magistrado decide abordar aspectos de geopolítica a nivel internacional que él cree relevantes en términos jurídicos para la causa del procés. Habla de la Segunda Guerra Mundial, la guerra hibrida o el ciberterrorismo, sin embargo, la guinda del pastel se da cuando considera una coincidencia histórica el inicio de la investigación de esta causa y la Sentencia del caso de la trama Gürtel que provocaría la moción de censura que daría entrada al PSOE junto a otros partidos políticos de corte independentista en el Gobierno del país. El auto concluye declarando dos delitos en proceso de investigación, uno por traición y otro por malversación de caudales públicos.

Las actuaciones del juez Aguirre hablan por sí mismas. Este tiene una extraordinaria capacidad para extraer ramas variadas a partir de un mismo caso, en algunas ocasiones alargando la instrucción de manera artificial y hasta el punto en que uno de sus principales “rivales” a lo largo del ejercicio de su profesión ha sido la Audiencia Provincial de Barcelona, la cual ha enfrentado incontables recursos contra las decisiones del juez en las distintas causas que ha instruido.

La reciente reactivación de la trama rusa después de que la Audiencia Provincial diera carpetazo a la causa principal debido a la inactividad de la instrucción y la falta de indicios hace ver una intencionalidad por parte del juez que ya no se puede ocultar detrás de argumentos jurídicos sino mediante tesis de geopolítica internacional que nada tiene que ver con su labor al frente del juzgado de instrucción y la responsabilidad que este implica.