¿Se puede ilegalizar al Partido Popular?

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Jesús Hellín / Europa Press
Jesús Hellín / Europa Press
Estamos ante delitos muy graves, que se ejecutan mediante una planificada conspiración para influir en un resultado electoral, destruir a un partido político y a sus dirigentes mediante la fabricación de pruebas falsas

Ilegalizar al Partido Popular (PP) se podría atendiendo a la Ley de Partidos Políticos, si consideramos que el espionaje ilegal a Podemos y a sus diputados y diputadas no ha respetado los principios democráticos mediante la conducta reiterada y grave encaminada a la exclusión o persecución de personas por razón de su ideología, con vulneración sistemática de sus derechos fundamentales, para lo que se desplegó un seguimiento, a través de 57 Comisarías, al modo de la ¿extinta? Policía política franquista, para encontrar cualquier cosa que sirviera para destruir al partido morado y sus dirigentes.

Habría que añadir que, de momento, el PP no es una organización terrorista, pero sí que ha equiparado al estado terrorista y genocida del dictador Franco con la democracia a través de sus leyes de “concordia”. El PP, así mismo, ampara la mentira y el odio al diferente y, en especial, a los menores que llegan a nuestras costas huyendo del horror de vida que viven, a los que se le acusa de potenciales violadores, lo que constituye una conducta política agitadora típica que compromete la salud y la integridad física de los mismos.

Todo lo anterior, visto en su conjunto, puede abrir el procedimiento de ilegalización del PP, pero debo reconocer que soy pesimista por las connotaciones políticas y judiciales que coinciden. Y, aunque se puede iniciar de oficio, no veo yo a la Fiscalía General del Estado, ni al PSOE en el Congreso de los Diputados y mucho menos a Pedro Sánchez, en la tarea de llevar el asunto a la sala especial del Tribunal Supremo, menos, después del pacto que ha llegado con la que hasta hace unos días llamaba “la máquina del fango”.

Pero, siguiendo la tesis del portavoz del PP, Tellado, sí que se pueden iniciar, con todas las garantías procesales, acciones penales para disolver a una organización política por los actos ilegales que realiza. En concreto, se refería al artículo 33. 7 del Código Penal que prevé la disolución de una persona jurídica. Los hechos encajan y ese partido político podría ser condenado y a su consecuencia, disuelto. Incluso, se pueden acordar medidas cautelares que aseguren la ejecutividad de la sentencia condenatoria para que esta no se convierta en ilusoria, para que no ocurra lo mismo que cuando en la sede del PP se liaron a martillazos con los discos duros para eliminar pruebas de sus ordenadores. 

Recapitulando, tenemos las diligencias de investigación llevadas a cabo por el Magistrado de la Audiencia Nacional, Santiago Pedraz, por la denuncia de Podemos que nos indican la existencia de un espionaje ilegal, presuntamente maquinado por el PP, siendo M. Rajoy presidente del Gobierno, contra todos los diputados y todas las diputadas de Podemos, lo que se mantuvo en el tiempo a sabiendas de su ilegalidad, utilizando instituciones del Estado, incluidas las fuerzas del orden público, para alcanzar una finalidad: influir en el resultado de unas elecciones generales (esto lo consiguió), destruir a un partido político legal y democrático e impedir que Podemos pudiera entrar en el Gobierno de España. Esto no lo consiguió, como tampoco encontrar, tras el acecho ilícito, indicio de delito alguno en la actividad política de Podemos, ni de sus diputados o diputadas, ni de sus dirigentes. A falta de eso, se inventaron veinte causas judiciales falsas, debidamente aireadas y mantenidas hasta la extenuación por casi todos los grupos empresariales mediáticos con sus falsos y corruptos periodistas (Fernando Lázaro, García Ferreras, Ana Rosa Quintana, Vicente Vallés, entre una larga lista) que, si bien no han conseguido matar políticamente a Podemos, sí que lo han debilitado mermando su representación, ocasionándole un daño irreparable.

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Da grima que, simultáneamente, el ex Fiscal General del Estado, José Manuel Maza, nombrado por el PP, en el acto de apertura de tribunales de 2017 afirmara la prohibición “tanto las investigaciones generales o prospectivas, dirigidas a la búsqueda de ‘algo’, que pudiera ser delito”, así “como la extensión sin límite de las investigaciones dirigidas a explorar, sin verdadero soporte real, el posible hallazgo de eventuales infracciones penales”. Ahí estarían presentes, seguramente, entre otros, M. Rajoy, su ministro de Interior, Jorge (sin punto) Fernández o, quizás, los jueces García Castellón o Escalonilla. Todos, se estarían doblando de la risa, pues justamente, lo contrario estaban haciendo.

Estamos, por tanto, ante delitos muy graves, que se ejecutan mediante una planificada conspiración para influir en un resultado electoral, destruir a un partido político y a sus dirigentes mediante la fabricación de pruebas falsas y lawfare mantenida artificialmente como fundamento de la finalidad política, esta es, derribar a un Gobierno legítimo. Esos ilícitos penales son la sedición, la prevaricación política y la malversación de fondos públicos y podrían ser atribuibles presuntamente al PP como persona jurídica, como a todas las personas físicas y jurídicas que han participado en la operación, a lo que la Fiscalía está obligada a perseguir y cualquier Juzgado de Instrucción de la Audiencia Nacional (no estamos ante recortes falsos de periódico). Por lo que, el portavoz del partido espía, Tellado, ha indicado el camino a seguir en ese procedimiento y podría obtener un resultado más favorable a un Estado de Derecho y Democrático.